A- de 2021
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Yoherlin Mosquera Copete
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Orden de suministrar la atención y servicios que se requieran para garantizar el derecho fundamental a la salud
- Procedencia según Decreto 2591/91 artículo 7
- Facultad de adoptar de oficio medidas provisionales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se adoptan una serie de medidas provisionales en el asunto de la referencia y se solicitan varias pruebas con el fin de contar con mayores elementos de juicio para definir la situación actual del mismo.
Puntualmente, se requiere información sobre las condiciones de salud y socioeconómica del agenciado, al igual que sobre el estado del tratamiento y los servicios que actualmente le suministra la EPS COMPARTA
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (27 puntos)
- PRIMERO. ORDENAR a la EPS COMPARTA20 como medida provisional que, de manera inmediata a partir de la notificación de esta providencia, le suministre al señor Yoherlin Mosquera Copete y a un acompañante los servicios de transporte, alimentación y alojamiento en la ciudad de Medellín, con el objetivo de que el agenciado pueda recibir el tratamiento de hemodiálisis que requiere. Esta orden se mantendrá vigente hasta que el juez de tutela notifique a la EPS COMPARTA la sentencia que adopte la Sala de Revisión sobre la revisión del fallo de tutela en el asunto de la referencia.
- SEGUNTO. ORDENAR a la EPS COMPARTA21 que, dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a la notificación de esta decisión, acredite ante el despacho de la Magistrada sustanciadora el suministro efectivo de los servicios de transporte, alimentación y alojamiento al señor Yoherlin Mosquera Copete y a su acompañante en la ciudad de Medellín, con el propósito de que el agenciado acceda efectivamente al tratamiento de hemodiálisis.
- TERCERO. Por Secretaría General, OFICIAR a la EPS COMPARTA22 para que, en el término de cinco (5) días contados a partir de la comunicación de esta providencia, INFORME a esta Corporación:
- a) ¿Qué servicios le presta actualmente al señor Yoherlin Mosquera Copete?
- b) ¿Por qué el agenciado no debe ser acreedor de los servicios de alojamiento y alimentación para la realización de su tratamiento?
- c) ¿El señor Yoherlin Mosquera Copete requiere de un acompañante para la realización de hemodiálisis tres veces por semana?
- d) ¿Cuáles son las prestaciones que reconoce a los pacientes inscritos en EPS COMPARTA ubicados en Quibdó y que requieren diálisis en ciudades diferentes?
- CUARTO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional OFICIAR a Yoherlin Mosquera Copete23 para que, en el término de cinco (5) días contados a partir de la notificación de la presente providencia, INFORME a esta Corporación:
- a) ¿Cuál es su ocupación actual?
- b) ¿Cuáles han sido los medios de subsistencia con los que ha contado desde que presentó la acción de tutela?
- c) ¿Cuál es el monto de sus ingresos mensuales?
- d) ¿Tiene bienes, muebles o inmuebles, a su nombre?
- e) ¿Cuál es su grado de escolaridad?
- f) ¿Cómo está compuesta su familia?
- g) ¿Con quién vive?
- h) ¿Tiene personas a su cargo? En caso afirmativo, señale sus edades y ocupaciones.
- i) ¿Actualmente es beneficiario de algún programa de asistencia social del Estado? En caso afirmativo por favor indique cuál.
- j) ¿Cuál es su situación actual de salud? Por favor remita la información más reciente y relevante sobre esta materia.
- k) ¿Tiene algún dictamen médico que soporte su afirmación de que debe ser acompañado por una persona para el tratamiento de hemodiálisis? En caso afirmativo por favor adjunte el respectivo soporte.
- l) ¿Cuál es el monto de los gastos en alimentación, transporte, medicamentos, tratamientos médicos y demás necesidades que debe atender mensualmente para sobrellevar su enfermedad?
- m) ¿Qué servicios le presta actualmente la EPS COMPARTA para sobrellevar su enfermedad?
- n) Puede agregar todo lo que le parezca necesario a esta declaración.
- El agenciado deberá APORTAR los documentos, certificaciones y declaraciones relevantes que sustenten sus respuestas a las anteriores preguntas.
- QUINTO. INFORMAR, a través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a las partes que la documentación correspondiente deberá remitirse a los correos electrónicos secretaria1@corteconstitucional.gov.co y despachogloriaortiz@corteconstitucional.gov.co, indicando en el asunto el número del expediente de la referencia.
- SEXTO. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, una vez agotado el término otorgado en los numerales primero, segundo,
- tercero. y
- cuarto. de esta parte resolutiva, PONER A DISPOSICIÓN de las partes, copia de las comunicaciones que se hubieren recibido en acatamiento de las órdenes precedentes, las cuales estarán disponibles en la Secretaría General de esta Corporación, por el término de tres (3) días hábiles para que, en caso de estimarlo conveniente, se pronuncien respecto de estas. La Secretaría General de la Corte Constitucional enviará la información, que se remita en cumplimiento de este auto en forma inmediata, al correo electrónico despachogloriaortiz@corteconstitucional.gov.co.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.